Cambio de obra social

Si trabajo en relación de dependencia ¿puedo cambiar de obra social?

Sí. Si trabajás en relación de dependencia podés cambiar de obra social.

Ley 23.660 Ley Nacional de Obras Sociales, Art. 8 inc. a.

Decreto 504/1998 Opción de cambio de obra social, Art. 1.

Decreto 9/1993 Libre elección de obra social, Art. 1.

Si trabajo en relación de dependencia ¿cuándo puedo cambiar de obra social?

Si trabajás en relación de dependencia, podés cambiar de obra social desde el momento en que empezás a trabajar.

Decreto 504/1998 Opción de cambio de obra social, Art. 13.

¿Cuántas veces puedo cambiar de obra social?

Podés cambiar de obra social 1 vez por año.

Decreto 504/1998 Opción de cambio de Obra Social, Art. 2.

Decreto 9/1993 Libre elección de obra social, Art. 2 y 14.

¿Cómo hago el cambio de obra social?

Tenés que ir personalmente a la obra social que elegiste y pedir el formulario para cambiar de obra social.
Una vez que tenés el formulario, completalo y firmalo. La firma tiene que estar certificada, es decir, tenés que hacer un trámite ante escribano, la policía, un juzgado o el banco.

Decreto 504/1998 Opción de cambio de obra social, Art. 3.

Resolución 950/2009 Superintendencia de Servicios de Salud, Art. 1.

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